El bar que vetó a unos jóvenes con síndrome de Down pagará también las costas
La Audiencia de Valencia confirma la condena por un delito de discriminación y ya no caben más recursos
LEVANTE-EMV VALENCIA
La Audiencia de Valencia ha ratificado la condena por discriminación con violación de los derechos fundamentales de un grupo de personas con síndrome de Down y alabado la labor realizada por unos monitores de Asindown ante un bar de Valencia que les impidió la entrada.
La sentencia firme condena a la administradora del pub «Me vuelves Loco Coco-Loco» de Valencia por un delito de discriminación contra personas con síndrome de Down que se produjó el 15 de diciembre de 2006, cuando un grupo de ocho personas, acompañado de tres monitoras de la asociación Asindown, decidió entrar, después de cenar, al citado pub para bailar y distraerse un rato. Una vez dentro, la administradora del local les invitó a abandonarlo. Primero les dijo que eran menores; luego, que no había aforo; después, que no le convenían como público y, ante la insistencia de las monitoras, señaló que «por qué tienen que ir allí a joderla» a ella, que había «otros locales donde podían entrar».
La Fundación Asindown denunció los hechos como constitutivos de un delito de discriminación y la administradora del local fue condenada a un año de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio, industria o comercio relacionado con la hostelería y el ocio por sentencia de 30 de julio de 2009. Tras el recurso, la Audiencia ha confirmado el fallo y ha condenado a la recurrente a pagar las costas.
La Audiencia de Valencia ha ratificado la condena por discriminación con violación de los derechos fundamentales de un grupo de personas con síndrome de Down y alabado la labor realizada por unos monitores de Asindown ante un bar de Valencia que les impidió la entrada.
La sentencia firme condena a la administradora del pub «Me vuelves Loco Coco-Loco» de Valencia por un delito de discriminación contra personas con síndrome de Down que se produjó el 15 de diciembre de 2006, cuando un grupo de ocho personas, acompañado de tres monitoras de la asociación Asindown, decidió entrar, después de cenar, al citado pub para bailar y distraerse un rato. Una vez dentro, la administradora del local les invitó a abandonarlo. Primero les dijo que eran menores; luego, que no había aforo; después, que no le convenían como público y, ante la insistencia de las monitoras, señaló que «por qué tienen que ir allí a joderla» a ella, que había «otros locales donde podían entrar».
La Fundación Asindown denunció los hechos como constitutivos de un delito de discriminación y la administradora del local fue condenada a un año de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio, industria o comercio relacionado con la hostelería y el ocio por sentencia de 30 de julio de 2009. Tras el recurso, la Audiencia ha confirmado el fallo y ha condenado a la recurrente a pagar las costas.
1 comentario:
El architrillado argumento de la exclusión: "hay otros lugares donde pueden estar".... Las personas con habilidades diferentes tiene derecho a estar en todos los espacios disponibles para los "neurotípicos". No más exclusiones como tampoco inclusiones exclusivas!!
Publicar un comentario