sábado, 16 de julio de 2011

Jueves 23 de junio de 2011

Denuncian "trato indigno" por parte de una prepaga


Una niña con síndrome de Down no fue aceptada por una obra social privada y la semana próxima se conocerá un dictamen del Tribunal de Faltas. Desde la OMIC consideran que hubo discriminación.
     El titular del Juzgado de Faltas local, doctor Ricardo Germani, está terminando por estas horas su dictamen --que hará público la semana entrante-- en el caso de una obra social privada que se negó a afiliar a una niña bahiense con síndrome de Down.
     Germani explicó ayer a "La Nueva Provincia" que su trabajo se basa en la denuncia realizada por la familia afectada ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), la cual no logró una conciliación entre los denunciantes y la empresa prepaga, situación que dejó sin cobertura tanto a la madre como a su hija.
     "Se trata de la firma Swiss Medical, con filial en la avenida Alem 112 de nuestra ciudad", amplió Germani.
     El juez de Faltas dijo que advirtió "mala intención" en la decisión de la firma, teniendo en cuenta que el síndrome de Down no aparece en ningún protocolo como una patología que impida la incorporación de una persona a una obra social.
     "Como consecuencia de analizar este caso he detectado la existencia de una gran cantidad de niños que han quedado fuera de prepagas por esta causa, lo cual aparece como un síntoma discriminatorio porque en ningún caso se informó con claridad la causa de no brindar esa cobertura", agregó.
     El tema llegó al Tribunal de Faltas desde la OMIC, teniendo en cuenta su competencia en este tipo de casos, otorgada desde el Estado provincial.
     El titular de la OMIC, Fabricio de Arriba Arévalo, explicó a "La Nueva Provincia" que el rechazo de la nena recién nacida data del año pasado y que el trato discriminatorio quedó evidenciado porque cuatro años antes la misma prepaga aceptó en pocas horas la incorporación de la primera hija de la pareja, la cual no padecía esa patología."Cuando presentó a su segunda hija solicitando la afiliación, indicando el tema del síndrome de Down, los padres comenzaron una peregrinación eterna. De hecho la empresa estuvo seis meses sin darle una explicación sobre los motivos por los cuales evitaba la incorporación de la menor", explicó De Arriba Arévalo.
     La única sugerencia que recibieron, tiempo después, es que la empresa hacía valer su "derecho de admisión", el cual ha quedado más restringido este año con la implementación de la nueva ley de medicina prepaga.
     "Para nosotros se trató de un trato indigno, desde el momento en que no se le brindó a la familia la información suficiente sobre la no afiliación inmediata de su segunda hija. Estamos hablando de un servicio de salud para un recién nacido, con lo cual la situación ameritaba otro comportamiento", dijo.
     De Arriba Arévalo explicó que tanto la imputación de la OMIC como la sentencia del Tribunal de Faltas estarán sujetas al posible descargo que realice la empresa.
     "Nosotros entendemos la existencia de una violación al deber de información, por cuanto transcurrieron varios meses sin que el solicitante supiera por qué se le impedía afiliar a su hija. También elevamos lo ocurrido al Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), para que tome cartas en el asunto", remarcó.
     El funcionario insistió en remarcar que el organismo a su cargo tiene carácter administrativo, con lo cual se limita a determinar si existió o no una infracción, dejando una eventual judicialización a la decisión de las partes.
Antecedente. En 2008 alcanzó dimensión pública un caso similar ocurrido en Neuquén, donde una obra social rechazó la incorporación de un niño con Down argumentando la existencia de "una enfermedad preexistente". Los especialistas señalaron sin embargo que ese síndrome no conforma una enfermedad sino una alteración genética.

FUENTE: lanuevaprovincia.com

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